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RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2010, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se renueva a la empresa Talleres Mariano Herbera, S. L. la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia con contraseña en el registro especial E9ABC22003.

Publicado el 15/09/2010 (Nº 181)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

Visto el escrito presentado por D. Mariano Herbera Alamán, en nombre y representación de Talleres Mariano Herbera, S. L. con domicilio social en el Polígono Industrial Los Paules, parcela 29, de Monzón (Huesca), por el que solicita la renovación de su autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia.

Visto el informe favorable de la Sección de Industria y Apoyo a Pymes del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Huesca.

Considerando que se cumple con lo estipulado en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha resuelto:

Primero.-Renovar, por un plazo de un año, a la empresa Talleres Mariano Herbera, S. L. la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia.

Segundo.-La validez de las autorizaciones está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Tercero.-La renovación de las autorizaciones deberá solicitarse a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa dentro de los dos meses anteriores a la finalización de su periodo de vigencia y al menos quince días antes de que expire éste.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.